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FUSADES debate los retos y desafíos para las elecciones de 2018: “No deben repetirse los errores de las elecciones legislativas de 2015”
Las elecciones de marzo de 2015 marcaron un antes y un después en términos de la organización electoral. Actividades que desde la firma de los acuerdos de paz habían sido ejecutadas sin ningún problema, resultaron ser el talón de Aquiles del Tribunal Supremo Electoral (TSE). No puede obviarse que las reformas electorales que acompañaban a las elecciones de 2015 significaban una mayor responsabilidad para la autoridad electoral, sin embargo, las decisiones administrativas y legislativas tomadas aumentaron la complejidad para el desarrollo del proceso electoral. Las debilidades evidenciadas en los comicios de 2015 deberán ser corregidas de cara al proceso electoral de 2018, a fin de asegurar el absoluto respeto a la voluntad soberana expresada en las urnas. Lo positivo de las elecciones de 2015 El recuento de los sucesos de las elecciones de 2015 implica un desarrollo de los aspectos positivos y negativos. Pareciera que la magnitud de los fracasos registrados en la organización del proceso electoral abarca todo el balance del evento, no obstante, se reconocen avances significativos en términos de libertad e involucramiento de los electores. La elección de diputados y concejos municipales de 2015 introdujo dos cambios fundamentales para el sistema electoral. Respecto del primero, gracias a una sentencia de la Sala de lo Constitucional  (SNC), se amplió la libertad del elector al poder elegir candidatos entre los diferentes partidos políticos que compiten en cada circunscripción. Esta reforma, popularmente conocida como “voto cruzado”  permitió escoger candidatos de diferentes partidos políticos, dándole el poder de elegir al ciudadano. La segunda reforma dio paso a la integración pluripartidista de los concejos municipales. Se abandonó el monopolio partidario y se inició la representación proporcional a nivel de los gobiernos locales. Está nueva conformación privilegia la transparencia, fortalece el papel de la oposición y podría ser un catalizador de una mayor participación ciudadana. También debe señalarse que el Tribunal Supremo Electoral logró superar una elección compleja, en donde a pesar de los problemas enfrentados, en actividades claves como el procesamiento y transmisión de resultados preliminares, no se llegó a una crisis de gobernabilidad que impidiera la elección y el reconocimiento de los diputados y alcaldes electos. Todos asumieron sus cargos. Las situaciones adversas, como el corto tiempo con el que se conoció el fallo de la SCN que dio paso al sistema de listas abiertas y la falta de consensos al interior del organismo colegiado, finalmente fueron solventadas. Sin embargo, hubo serias dificultades administrativas que deben superarse antes de las elecciones de 2018. Inconvenientes de las elecciones de 2015 Los problemas enfrentados en las elecciones de 2015 se analizaron de acuerdo a la etapa en la que ocurrieron. La mayoría de éstos se concentraron en la etapa pre y post electoral. Durante la fase electoral si bien se registraron algunos incidentes en relación a la apertura tardía de los centros de votación y la reducción del tiempo efectivo para emitir el sufragio, su impacto no fue relevante para el desarrollo de todo el proceso. El esquema 1 describe, a manera de resumen, los principales inconvenientes de las elecciones de 2015. Presupuesto De acuerdo a los artículos 42, 63 y 274 del Código Electoral (CE) el TSE tiene la facultad de elaborar el presupuesto especial para las elecciones y, el Ministerio de Hacienda, sin modificaciones, hará los trámites necesarios para la aprobación de este instrumento en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, la realidad ha sido distinta. Para los comicios de 2015 el Tribunal había solicitado un presupuesto de $36 millones, después de un recorte arbitrario de los fondos, la Asamblea Legislativa solo aprobó $25.6 millones, que representó una disminución de $10.4 millones afectando directamente la calidad de las elecciones. El desenlace de 2015 debe permitir un debate técnico sobre la importancia que la autoridad electoral cuente con un presupuesto acorde a las demandas del proceso electoral y a las reformas que han debido aprobarse en cumplimiento a las sentencias de la Sala de lo Constitucional. Otro factor que afecta negativamente la administración del proceso electoral es la aprobación tardía del presupuesto. Para el evento de 2015, los fondos fueron aprobados con ocho meses de retraso. De acuerdo a lo programado el Plan General de Elecciones inició su ejecución en febrero de 2014, el presupuesto se aprobó hasta septiembre de ese año, a cinco meses de celebrar los comicios. La demora de la disponibilidad de fondos, arriesga la calidad de la democracia y no contribuye a enrumbar de forma positiva la aplicación de las reformas. Además, el no contar con los recursos a tiempo propicia el uso de instrumentos de contratación poco transparentes por la premura del tiempo. Capacitación Los instructivos para Juntas Receptoras de Votos (JRV) cumplen el propósito de informar y educar a los miembros que las integran sobre el debido proceso al momento de efectuar el conteo de los votos y marcas y el levantamiento de las actas que contienen los resultados. Una capacitación oportuna y adecuada asegura no tener retrasos al momento que los delegados procesan la información de la urna correspondiente. Para las elecciones de 2015 los instructivos que orientarían a los miembros de las JRV fueron aprobados a solo cinco semanas de celebrarse los comicios. En ese período tan corto de tiempo debían capacitarse a 1,025 facilitadores y 102,184 miembros de las 10,621 JRV. La necesidad de contar con un recurso humano bien educado, resultaba evidente ante los cambios introducidos en la elección de diputados. La falta de capacitación fue uno de los factores que derivó en que los resultados electorales no se tuvieran con prontitud, por tanto es necesario que se invierta el tiempo y los recursos necesarios en la capacitación de las JRV y el resto de organismos electorales temporales. Campaña de educación cívica La campaña de educación cívica realizada por el TSE inició tardíamente. De acuerdo a la publicidad registrada en medios de comunicación y el sitio oficial de Facebook de la Dirección de Capacitación y Educación Cívica del TSE, la campaña masiva para que la ciudadanía pudiera conocer las distintas formas de votar comenzó el 19 de enero de 2015, a seis semanas que los electores acudieran a las urnas. En esta ocasión el Tribunal no solicitó el apoyo de organizaciones de la sociedad civil como sucedió en 2012, en donde se masificó la difusión del mensaje con el fin de educar a la mayor cantidad de ciudadanos sobre las opciones para ejercer el sufragio. En las elecciones de 2015, la educación cívica era un componente vital para asegurar que la población conociera los cambios aprobados en las alternativas de votación para la elección de diputados. Ante la débil labor del TSE en esta área, algunas organizaciones de la sociedad civil debieron asumir como propia la labor de educar a los ciudadanos. Asimismo, el material gráfico utilizado por la autoridad electoral carecía de las causales de nulidad respecto al uso del voto cruzado. Si bien no aumentó significativamente el número de votos nulos, una adecuada orientación ciudadana podría haber incrementado el conocimiento de la población acerca de los efectos del voto cruzado. Relacionado a la labor de comunicar las nuevas formas válidas de votar en las elecciones legislativas, también debe señalarse el hecho que el TSE no publicó el acuerdo de voto cruzado, ni en su página web ni a través de los medios de comunicación. Logística del evento Tres fueron los mayores elementos logísticos que presentaron fallas en la gobernanza electoral: 1) el sistema de transmisión de resultados preliminares, 2) el envío de paquetes electorales y 3) los simulacros electorales. El TSE anunció públicamente que asumirían directamente la labor de transmitir los datos del escrutinio preliminar el día de las elecciones. La autoridad electoral expresó que la organización de los comicios de 2012 y 2014 le permitió adquirir experiencia y conocimiento para poder realizar dicha tarea sin contar con el apoyo de una empresa especializada. Ante la falta de acuerdos al interior del organismo colegiado los servicios de transmisión y procesamiento de resultados preliminares fueron asignados a diferentes empresas -se habló de la contratación de más de 20 empresas- que además no tenían experiencia en el área electoral. La justificación ante esta situación fue la de generar ahorros y adquirir experiencia. Sin embargo, el desenlace de esta decisión fue perjudicial para el evento electoral y concluyó con la falta de transmisión y procesamiento de los resultados electorales preliminares. En otro orden, acorde con el artículo 187 del CE los paquetes electorales deben ser entregados a más tardar cinco días antes de las elecciones a las Juntas Electorales Departamentales (JED) y éstas, a su vez, a las Juntas Electorales Municipales (JEM) a más tardar tres días antes de dichas elecciones. De acuerdo a la información publicada a través de medios escritos, en varios centros de votación los paquetes electorales no fueron entregados de acuerdo a lo programado. La fecha límite para terminar de repartirlos a la JEM era el miércoles 25 de febrero, sin embargo, se conoció que, en algunos casos, en ciertos centros de votación recibieron el material electoral un día antes. Respecto a los dos simulacros realizados para la transmisión y procesamiento de los resultados electorales preliminares, en ambos se reportaron fallos que no lograron ser corregidos previo a las elecciones. En el primero se registraron graves problemas de conectividad y logísticos y serias deficiencias en el procesamiento y transmisión de resultados. Para el segundo simulacro persistieron los problemas informáticos y de logística, especialmente relacionados con el procesamiento de las actas de resultados y la tardanza en la distribución del equipo y del material electoral. Las deficiencias, a pesar que fueron claramente identificadas, no fueron solventadas a tiempo y derivaron en un caos generalizado durante la etapa postelectoral. Financiamiento político La sentencia de inconstitucionalidad 43-2013 estableció que los ciudadanos tienen el derecho de acceder a la fuente u origen de los fondos de los partidos políticos. El fallo de la Sala de lo Constitucional estableció una serie de parámetros para regular el financiamiento político que debieron ser tomados en cuenta al momento de emitir la nueva normativa. La Asamblea Legislativa aprobó una reforma en esta materia, que fue declarada inconstitucional y para las elecciones de 2015, a pesar que no se procedió a realizar las modificaciones respectivas, ésta ya era ley de la República. El TSE no inició ninguna investigación por el uso indebido de los fondos, ya sea de oficio o motivada por terceros. El uso indebido de los recursos del Estado o de “patrocinios” de agencias públicas extranjeras genera inequidades en la contienda electoral. En este mismo sentido, el Tribunal tampoco divulgó ningún tipo de directriz que forzara a los partidos políticos a hacer de conocimiento público el nombre y monto recibido de donantes privados para la campaña electoral. Padrón electoral El padrón electoral es el instrumento que habilita a los ciudadanos a ejercer el sufragio y garantiza la igualdad del mismo. Por tanto, un padrón que no esté depurado facilita la duplicidad del voto. Para el caso de El Salvador, las Misiones de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos (OEA), para las elecciones presidenciales  de 2009 y 2014 y las elecciones legislativas y municipales de 2015, han sugerido la necesidad de depurar el padrón electoral. La evidencia más clara de la necesidad de depuración la constituye la brecha que existe entre la población en edad de votar y el número de votantes registrados y que se ha vuelto una constante elección tras elección. Un padrón limpio no debe incluir a todos aquellos ciudadanos que temporal o permanentemente no están en la capacidad de ejercer el sufragio. Es inaceptable afrontar otros comicios con un padrón electoral plagado de inconsistencias. La articulación de instituciones es clave al momento de limpiar el padrón. De forma complementaria debería trabajarse en un estudio demográfico sobre el comportamiento poblacional. Conteo Se observó un desorden y desconocimiento generalizado de parte de los miembros de las JRV sobre la manera correcta de realizar el conteo, dejando en evidencia la inexistente o deficiente capacitación que recibieron estos delegados. La extenuante y prolongada jornada de trabajo, que en algunos casos obligó a los miembros de las JRV a trabajar por más de 24 horas seguidas, dio lugar a imprecisiones. Actas de resultados El llenado de las actas de resultados resultó en un cúmulo de equivocaciones y anomalías, que de cierta forma permiten señalamientos sobre la legitimidad de los resultados electorales. Entre los errores identificados se encontraron: actas con votos faltantes, con incongruencias aritméticas, con una cantidad de votos superior al máximo establecido para cada JRV, en blanco, sin firmas de los delegados, sin registro de preferencias para diputados, entre otros. De acuerdo a noticias periodísticas la mayor cantidad de incoherencias  se registraron en la circunscripción de San Salvador. Las actas mal completadas no solo evidenciaban la falta de capacitación sino que también dejan en duda la validez de la distribución de los cargos en disputa. Transmisión y procesamiento de resultados electorales preliminares La subcontratación de más de 20 empresas, sin experiencia en el tema electoral, para proveer bienes y servicios para el programa de transmisión y procesamiento de resultados electorales preliminares resultó en la imposibilidad que los electores conocieran el mismo día de las votaciones, como había sido costumbre, los resultados obtenidos por cada partido político. Se registró incompatibilidad entre los servicios informáticos de los proveedores contratados. La falta de divulgación de la información también llevó a una incertidumbre política sobre la distribución del poder político. Escrutinio final La instalación del escrutinio final no se escapó de los problemas logísticos e informáticos que caracterizaron al escrutinio preliminar, lo que generó una demora en el inicio del mismo. Después de 22 días de finalizadas las elecciones se completó el escrutinio final y durante el desarrollo de éste se registraron dos eventos que merecen especial atención: 1) una “distribución de votos” en las mesas de trabajo pactada entre algunos partidos; y 2) la solicitud de abrir las urnas ante las inconsistencias detectadas. Las denuncias por una supuesta “distribución de votos” consistían en un reparto proporcional de los votos con base en la tendencia registrada por cada partido político, el aval de esta práctica fue negado por el TSE. Los graves errores consignados en las actas de resultados llevaron a que organizaciones de la sociedad civil y algunos partidos  exigieran la apertura de las cajas de votos con el fin de respetar la voluntad del elector manifestada en las urnas. Ante las anomalías detectadas durante el escrutinio final, el organismo colegiado no tuvo una posición unificada que permitiera solventar las dudas y así transparentar el proceso. Recuento El CE en el artículo 215 establece que los votos impugnados podrán ser revisados si el número de éstos puede cambiar el resultado de una elección. En ningún apartado del CE, de forma expresa, se considera la revisión de las urnas producto de inconsistencias en el llenado de actas. AL momento de redacción del CE vigente el sistema de votación no incluía el “voto cruzado” y por tanto la consideración de actas con anomalías parecía inverosímil. Este vacío legal exhortó la presentación de un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional que derivó en el recuento de votos correspondiente a la elección de diputados de la Asamblea Legislativa del departamento de San Salvador. Ante el incumplimiento del TSE del plazo otorgado por la SCN para el cumplimento de la medida se suspendió la toma de posesión de los diputados electos por esa circunscripción, lo cual generó diversas reacciones de parte de los implicados y otros actores políticos. El recuento finalizó con la recuperación de 20,991 votos, y aunque no afectó la asignación de escaños original, demuestra el riesgo de un sistema ineficaz para la realización del escrutinio, el conteo de votos y marcas y el llenado de actas. Este suceso resalta la necesidad de dotar al TSE de la facultad legal para revisar las actas de resultados en caso de detectarse inconsistencias, sobre todo a partir de la implementación del sistema de listas abiertas y el “voto cruzado”. Desafíos de cara a las elecciones de 2018 Los inconvenientes desarrollados representan una hoja de ruta para que el TSE, en coordinación con las instituciones respectivas, inicie cuanto antes una agenda de trabajo para dar respuesta a todos los problemas presentados. El éxito de las elecciones no solo pasa por tener un evento electoral sin ningún error, sino que radica en que los resultados electorales sean incuestionables y que gocen de toda legitimidad. Si bien algunos pasos ya se han dado, es importante acelerar la marcha y no desistir de la necesidad de una reforma electoral integral consensuada por todas las fuerzas políticas. El uso de tecnología para el conteo de votos y marcas, para el llenado de actas y para la transmisión y procesamiento de resultados electorales preliminares y para el escrutinio final es fundamental. También lo será el nombramiento, con suficiente anticipación de los miembros de los Organismos Electorales Temporales, quienes entre otras responsabilidades, deben proceder a realizar el conteo señalado y la consignación de los resultados en las respectivas actas. Sobre este aspecto debe discutirse si únicamente se señalan inhabilidades para ciertas personas propuestas por los partidos para integrar esos organismos, como ser candidato, miembro de un organismo de dirección u ocupar un cargo de elección popular o si se inhabilita a toda persona, únicamente por ser militante del partido. Los partidos también deben enfrentar el reto de elegir a los candidatos a diputados y alcaldes a través de procesos de elección interna con los requisitos que estableció la sentencia de la Sala de lo Constitucional y que desarrolló la Ley de Partidos, entre los que destaca que el voto de los militantes debe ser libre, directo y secreto. En junio, del presente año, FUSADES presentó una propuesta de reformas al Código Electoral y la Ley de Partidos Políticos para resolver varios de los problemas señalados. El documento puede descargarse del siguiente link: http://fusades.org/lo-ultimo/noticias/propuestas-de-reformas-al-c%C3%B3digo-electoral-y-la-ley-de-partidos-pol%C3%ADticos [http://fusades.org/lo-ultimo/noticias/fusades-debate-los-retos-y-desaf%C3%ADos-para-las-elecciones-de-2018-%E2%80%9Cno-deben]